Corte Constitucional no tocó las Accai, pero Gobierno quiere reforma desde 1° de julio
Ante la decisión, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, dijo que el Gobierno espera que no se aplace la fecha en la que se suponía que iba a entrar en vigencia el nuevo sistema
19 de junio de 2025
El Gobierno celebró la decisión de la Corte Constitucional de devolver a la Cámara de Representantes la Ley 2381 de 2024, que establece el nuevo sistema pensional de los colombianos. Aunque se tenía previsto que este régimen iniciaría desde el 1° de julio de este año, el alto tribunal suspendió a partir de la fecha todo el articulado, a excepción del parágrafo transitorio del artículo 12 y el 76.
Ante la decisión de la Corte, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, dijo que el Gobierno espera que no se aplace la fecha en la que se suponía que iba a entrar en vigencia el nuevo sistema, pero en todo caso la cartera examinará el alcance del fallo.

¿Qué dicen estos artículos que no tocó la Corte? El primero de ellos se refiere a la selección de la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual, Accai. Las personas que estaban afiliadas a Colpensiones y que no les cobija el régimen de transición, con un salario por encima de 2,3 salarios mínimos, debían escoger una. En caso de no hacerlo, se les asignaría una entidad de manera aleatoria.
Estos criterios le aplicaban a más de 447.512 personas, pero alrededor de 330.000 no seleccionaron la Accai, en un periodo máximo que iba hasta el 16 de enero de este año. Después de esa fecha se le asignaría de manera aleatoria a quienes no tomaron una decisión.
Si usted se está preguntando si debe regresar a su fondo de pensiones, por haber escogido Accai o que lo haya hecho el sistema de forma aleatoria, déjeme explicarle que no es el caso.
La decisión de la Corte no afecta la selección de Accai de las personas que cumplían con las condiciones previamente mencionadas, ni suspende la asignación aleatoria que hizo el Estado para las personas que no definieron a alguna de las administradoras.
El otro artículo que no tocó la decisión de la Corte es el 76, que corresponde a la oportunidad de traslado. Este disponía que las personas que tengan 750 semanas cotizadas (mujeres) y 900 semanas cotizadas (hombres), y que les falten menos de 10 años para tener la edad de pensión, tendrán dos años para trasladarse de régimen respecto al sistema anterior, a partir de la promulgación de la Ley.
¿Entrará en vigor el 1 de julio?
Andrés Velasco, presidente de Asofondos, explicó que la Cámara decidirá la nueva fecha de entrada en vigor de la reforma pensional. “En el mismo flash dice que la Corte Constitucional quiere revisar todo de forma definitiva para validar la constitucionalidad de la ley. Entonces, si la Corte va a analizar lo que salga de la conciliación y de la nueva sanción presidencial, pues va a ser muy complicado que en 12 días se logre hacer todo el proceso”.
El directivo gremial dijo que “es muy poco probable” que esté lista el 1 de julio y que, de hecho, el trámite puede tomar algunas semanas.
Es importante que usted entienda que, sin el aval de la Corte sobre la nueva conciliación de la reforma pensional, las Accai no empezarán a operar y el sistema pensional seguirá operando bajo la normativa de la Ley 100.
“El día después de que la Corte falla, entraría la reforma y si nada cambia, las Accai entrarían a funcionar. La distribución de los recursos estaría de acuerdo a lo que está en la ley, que las AFP continuarían administrando el saldo acumulado hasta la entrada en vigencia de la ley, luego los fondos empezarían a recibir los flujos de las cotizaciones por encima de los 2,3 salarios mínimos”, agregó Velasco.
¿Qué dicen los expertos?
Gloria Ávila, asociada de Godoy Córdoba, explicó que la decisión de la Corte lleva a que el trámite se devuelva y que en la Cámara se pueda reabrir el debate, “lo que probablemente generaría que el texto sea sometido a conciliación, pues habría dos textos encontrados y en consecuencia, posibles modificaciones en artículos”.
Ana María Valdivieso, socia de Serrano Martínez CMA, explicó que, ante la proximidad del cierre de sesiones, el Gobierno ha anunciado su intención de convocar sesiones extraordinarias. Sin embargo, estas tienen una duración limitada y están reguladas por el decreto de convocatoria, que establece tanto el periodo de sesiones como los temas que pueden ser tratados. “Por tanto, el tiempo disponible dependerá de la fecha en que se expida dicho decreto”.
Luis Felipe Bonilla, socio de Esguerra JHR, dijo que, a diferencia de lo que usualmente ocurre en casos de vicios de procedimiento, esto es, la declaración de inexequibilidad inmediata del acto, la Corte optó por permitir la corrección de una deficiencia en el trámite legislativo que dio origen a la ley. “Aunque la decisión de la Corte podría no ser la más ortodoxa desde el punto de vista procedimental, refleja una preferencia por la primacía del derecho sustancial sobre las formalidades del proceso”.
Camilo Cuervo, socio de laboral en Holland & Knight, dijo que es un auto bastante difícil de entender y de comprender “porque tiene muchos elementos que hay que decantar y digerir”. El experto opinó que, como no es una sentencia, es una decisión parcial o temporal.
“Lo que queda claro es que ya no va a regir desde el 1 de julio, porque los tiempos no dan. Yo creo que esto va a pasar el 20 de julio, no en esta legislatura que va a acabar este viernes. Creo que 30 días son muy poco tiempo; el texto del Senado tenía francos errores generados para lograr el debate en esa corporación. La situación política hoy es distinta”.
Antecedentes
Luis Felipe Bonilla, socio de Esguerra JHR, dijo que la firma considera acertado que la Corte haya decidido diferir el análisis de fondo de las distintas demandas de inconstitucionalidad hasta tanto no se haya subsanado el vicio identificado, con el propósito de garantizar una eventual aplicación legítima de la reforma pensional, la cual reviste una importancia trascendental para el país. Aclaró que la información publicada está sobre supuestos, porque no se conoce la versión final.
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